Oyente: Anónimo

Consulta: Iberia me ha cobrado un recago de 15 € por abonar, a través de su web, dos pasajes con la tarjeta Visa de crédito, pero no me da otra opción de pago. ¿Es legal?

Responde el experto: Gustavo Samayoa (FUCI)

En el caso del cobro de una comisión por el pago con tarjetas de crédito, las compañías aéreas realizan un cobro que puede parecer excesivo. Es legal, según el artículo 24.3 de la Ley 16/2009 sobre medios de pago, en la que se especifica que es posible la aplicación de cuotas por el uso de determinados instrumentos de pagos, si bien éstas no pueden superar los gastos que, en este caso Iberia, soporte por la aceptación de la tarjeta de crédito. Esto quiere decir que le cobran al usuario los costes que VISA/MasterCard y otras les aplican a las líneas aéreas. Hablaríamos de un abuso hacia el consumidor cuando la tasa que aplicasen las compañías aéreas fuera superior a la cobrada al usuario.

Ante esta situación existe la posibilidad de, como consumidor, iniciar la vía legal contra las compañías aéreas que cobren un exceso en el precio que no se corresponda con el cargo que soportan éstas. Sin embargo actualmente resulta prácticamente imposible comprobar este importe. Por tanto desde la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes (FUCI) trataremos de clarificar este punto.

En cualquier caso hay que tener en cuenta, siempre, que tienen derecho a cobrar el mismo recargo que soportan las compañías por el uso de tarjeta. Tiene la opción, igualmente de realizar una reclamación a la compañía para que den la opción, en un futuro, a establecer otros medios de pago. Sin embargo por ley no están obligados a ofrecerlos.